Quiénes pueden presentar denuncia:
Formas para interponerla:
La denuncia puede ser interpuesta de forma verbal o escrita, personalmente, por teléfono, fax o cualquier otro sistema de comunicación. La(s) persona(s) denunciante(s) debe(n) identificarse con cualquiera de los siguientes documentos:
- DUI
- pasaporte
- carné de minoridad
- u otro documento con fotografía.
- Nombre y demás generales del denunciante.
- Relación de los hechos, señalando en lo posible la forma, fecha y lugar de la violación denunciada;
- Proporcionar, si es posible, nombre de la víctima, presuntos autores o partícipes en el hecho, testigo o personas que pudieran aportar datos respecto a las circunstancias de su realización;
- Cualquier otro elemento o indicio que pueda contribuir al esclarecimiento del hecho denunciado.
- Dirección y, si es posible, teléfono para recibir notificaciones.
Dónde acudir para interponer denuncia:
- En el departamento de denuncias de la sede central
- A cualquier delegación departamental o local (ver directorio institucional).
Facilidades para interponer denuncias:
- El personal de la Procuraduría deberá dar facilidades para que las denuncias llenen los requisitos formales mínimos de admisibilidad
- Todos los días y horas son hábiles.
- Todos los servicios y trámites de la Procuraduría son gratuitos.
- La denuncia puede ser interpuesta en la sede más cercana a la persona denunciante o presunta/s víctima/s, aunque los hechos y autoridades presuntamente responsables pertenezcan a otra circunscripción territorial, el expediente será remitido a la sede correspondiente para su debida tramitación, sin perjuicio de realizar previamente las acciones urgentes.







